Novedades en el Gasóleo Profesional
Cambios en la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos
Según el Software de gestión que utilices, necesitarás actualizarlo. Veamos cuál es tu situación:
- Si utilizas DieselPlus, ya dispones de esta opción. Hemos actualizado el software recientemente.
- Si utilizas el software GK-7 o GK-Suite deberás actualizar tu versión de software para poder obtener el listado de forma mensual. Solicita ya tu actualización de software para no quedarte fuera de plazo.
- Si dispones de contrato de mantenimiento de software la actualización es gratuita.
- Si no dispones de contrato de mantenimiento de software el coste de la actualización variará en función de la versión del software que tengas. Pero no te preocupes, puedes contratarlo todo con nosotros, Aplieco.
Actualiza tu software
La Agencia Tributaria plantea modificaciones en la forma de presentación del fichero de los suministros para obtener la bonificación en el Gasóleo Profesional. Si utilizas DieselPlus, ya dispones de esta opción. Se ha actualizado el software recientemente.
Si, por otro lado, trabajas con el software GK-7 o GKSuite deberás actualizar tu versión de software a GKSuite V7.
Reserva tu actualización software con nosotros,y si tienes cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo técnico al 935 407 900.
¿Sabías que la Agencia Tributaria ha realizado modificaciones en las condiciones de devolución del impuesto sobre Hidrocarburos?
Este año 2022 el Gobierno ha realizado algunos cambios en el Gasóleo Profesional en España, actualizando la Orden anterior HAP / 290 / 2013. Con efectos de 1 de abril de 2022 se modifica el artículo 8, que queda redactado como sigue:
Artículo 8. Devolución de las cuotas por los suministros efectuados.
- A la finalización de cada mes natural y en base a las relaciones presentadas a que se refieren los artículos 5 y 7 anteriores, o a partir de la documentación aportada por aquellos solicitantes que hubieran ejercido la opción prevista en el artículo 2.3.b), el órgano competente acordará, en su caso, la devolución de las cuotas correspondientes, ejecutándose mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de inscripción en el Censo.
- Para el cálculo de la devolución se aplicarán los tipos de devolución vigentes en la fecha del suministro.
- Los solicitantes que hubieran ejercido la opción prevista en el artículo 2.3.b) presentarán una solicitud específica por cada mes natural en el que pretendan obtener una devolución. Estas solicitudes, que serán remitidas mediante correo certificado en soporte papel al órgano competente previsto para la inscripción en el Censo de beneficiarios a través de dicha opción, junto con copias de las facturas de adquisición de gasóleo por el que solicitan la devolución, deberán contener al menos los siguientes datos:
- a) Número de identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido previsto en la Directiva 2006/112/CE, del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, y nombre o razón social del solicitante.
- b) Mes natural sobre el que se solicita la devolución.
- c) Identificación de los vehículos por cuyo consumo de gasóleo se solicita devolución, y los litros de gasóleo consumidos en el período por los que se solicita la devolución.
Estas solicitudes de devolución, así como la información adicional que sea requerida por el órgano competente, deberán cumplimentarse en castellano.
El plazo de presentación de estas solicitudes será el mes natural siguiente a la finalización del mes sobre el que se solicita la devolución.
¿Por qué ha habido cambios en el Gasóleo Profesional?
España está entre los Estados Miembros de la Unión Europea menos expuestos a los efectos directos de la invasión de Ucrania. La diversificación de las fuentes de aprovisionamiento de gas es muy alta y la relación comercial, de inversión y financiera con Rusia y Ucrania es modesta. Sin embargo, los efectos económicos indirectos son considerables, sobre todo a través del aumento del precio del gas y del petróleo, pero también a través del encarecimiento o la escasez de otras materias primas agrícolas y minerales.
El Gobierno ha decidido impulsar un Plan Nacional, que comprende tanto medidas normativas como no normativas, y que ha sido elaborado tras un proceso de diálogo con los sectores más afectados, los agentes sociales, las Comunidades Autónomas y los partidos políticos.
En el ámbito energético, desde el segundo semestre del año 2021, Europa está sufriendo una crisis de precios de la energía que no es comparable a ninguna otra en la historia del proyecto de integración europeo tanto por su duración como por su impacto sobre las economías domésticas, la competitividad de las empresas y la industria en los mercados globales y el crecimiento económico a medio y largo plazo.
Es por todos estos motivos que el Gobierno de España ha redactado el nuevo Decreto-Ley 6/2022 que te hemos detallado. ¿Su objetivo? Adoptar medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de Respuesta a las consecuencias económicas y sociales debidas a la guerra en Ucrania.
Devoluciones sobre el Impuesto de Hidrocarburos
En el Impuesto sobre Hidrocarburos se reconoce el derecho a la devolución de las cuotas satisfechas en los siguientes casos:
- La utilización de hidrocarburos en usos distintos a combustible o carburante.
- Los avituallamientos de gasóleo a embarcaciones que realicen navegación distinta de la privada de recreo, siempre que se trate de un gasóleo que incorpore trazadores y marcadores.
- La utilización de hidrocarburos en proyectos piloto para el desarrollo tecnológico de productos menos contaminantes
- La devolución a fábrica o depósito fiscal de hidrocarburos que accidentalmente hayan resultado mezclados con otros o contaminados.
Por otra parte, la normativa reconoce dos supuestos especiales derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos:
- La devolución parcial por el gasóleo de uso profesional.
- La devolución parcial por el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería.