Devolución del Gasóleo profesional: Céntimo sanitario

Devolución gasóleo profesional ¿Cómo reclamarlo?
A partir de 2016 las únicas Comunidades Autónomas que no aplicarán el impuesto autonómico sobre los carburantes son País Vasco, Cantabria, La Rioja, Castilla-León y Canarias.
En las restantes regiones se aplicará dicho impuesto, pero en todas ellas se ha establecido el mecanismo de devolución a través de la figura del gasóleo profesional, para lo cual el transportista que lo solicite deberá estar previamente dado de alta en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional dependiente de la Agencia Tributaria.
Para reclamar el “céntimo sanitario,” debes presentar una solicitud de devolución ante la Agencia Tributaria. Esta reclamación aplica al Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), comúnmente conocido como céntimo sanitario, que fue declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Necesitarás aportar documentación detallada que justifique las cantidades reclamadas, como facturas de combustible.
Puedes encontrar más información detallada y presentar la solicitud a través del portal de la Agencia Tributaria.
Varias comunidades autónomas se han sumado a la aplicación del tramo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos, también conocido como céntimo sanitario, que permite grabar un máximo de 48 € cada 1.000 litros.
¿Cuánto dinero me puedo desgravar?
Cada comunidad autónoma (CA) ha decidido el ámbito de aplicación de esta normativa, de forma que se plantean distintos casos:
- CA que aplican el tramo máximo del céntimo sanitario (48€/1000 litros) quedando exentos los profesionales afiliados al gasóleo profesional.
- CA que aplican el tramo máximo del céntimo sanitario (48€/1000 litros) quedando exentos los profesionales afiliados al gasóleo profesional por la mitad del impuesto (24€/1000 litros).
- CA que aplican un tramo reducido del céntimo sanitario (24€/1000 litros) quedando exentos los profesionales afiliados al gasóleo profesional.
- CA que aplican el céntimo sanitario, sin que queden exentos los profesionales afiliados al gasóleo profesional.
- CA que no aplican el céntimo sanitario.
Las CA, que aplican el céntimo sanitario y han dejado exentos de este gravamen a los profesionales, han establecido que, para hacer efectiva dicha exención, los profesionales deben estar dados de alta en el gasóleo profesional y es a través de los mecanismos que se establecen en la normativa del gasóleo profesional que dichos profesionales se bonificarán el céntimo sanitario.
Además del céntimo sanitario, a partir del 1/1/2012 debemos añadirle 1€ cada 1000 litros en lugar de los 29€ por 1000 litros que se venían aplicando anteriormente.
Ilegal según la UE pero sigue valiendo en España ¿Quién se puede acoger a esta norma?
En 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró ilegal el llamado “céntimo sanitario”, un impuesto aplicado sobre los carburantes en varias comunidades autónomas de España. Este gravamen, introducido para financiar gastos sanitarios y medioambientales, fue considerado contrario a la normativa europea, ya que vulneraba las leyes sobre impuestos especiales armonizados en la UE. La decisión obligó a España a implementar un proceso de devolución para los contribuyentes afectados, permitiéndoles recuperar el importe del impuesto que se había cobrado indebidamente durante su vigencia.
Según la sentencia del Tribunal Supremo español, el derecho a solicitar la devolución del “céntimo sanitario” recae principalmente en los sujetos pasivos que ingresaron el impuesto, es decir, las fábricas o depósitos fiscales. No obstante, aquellos que soportaron económicamente el impuesto, como los operadores petrolíferos, también pueden reclamar la devolución si demuestran que no repercutieron el impuesto a terceros.
Para los consumidores finales que asumieron el coste del impuesto en el precio de los combustibles, la vía para reclamar la devolución es más compleja. Deben acudir a la jurisdicción civil para presentar una demanda por enriquecimiento injusto contra quien les repercutió el impuesto, o bien iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial del Estado. Estas vías requieren pruebas detalladas y pueden implicar procesos legales prolongados.
- Vehículos de motor y conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
- Los vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.
- Los taxis provistos de las preceptivas autorizaciones y de aparato taxímetro.
Requisitos para acceder a la devolución
Antes de todo, es importante saber si estás registrado para beneficiarte del gasóleo profesional. Puedes verificarlo a través de la plataforma de la Agencia Tributaria en el apartado destinado a los beneficiarios del gasóleo profesional. Allí, mediante tu CIF o matrícula del vehículo, podrás comprobar si cumples con los requisitos.
Para instalaciones de consumo propio:
- Inscribirse en el registro de la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales para obtener el CAE (Código de Actividad y Establecimiento).
- Contar con un sistema informático contable integrado con los aparatos expendedores.
- Presentar una relación de los suministros realizados a los vehículos del titular.
Datos a presentar por cada suministro:
- Identificación unívoca del suministro
- Litros suministrados
- Tipo de carburante
- Fecha y hora
- Matrícula del vehículo
Para proceder a la devolución hay que realizar la inscripción en el censo de beneficiarios del gasóleo profesional. La Agencia Tributaria reintegrará trimestralmente de forma automática en la cuenta bancaria designada por el transportista el importe equivalente a los litros de gasóleo consumidos multiplicando por 0,029 €.
La nueva normativa sobre gasóleo profesional (1), por la que se devuelve el incremento que ha sufrido el tipo impositivo aplicable al gasóleo para uso general en el Impuesto sobre Hidrocarburos a partir de 1/1/2007, permite a los titulares de vehículos beneficiados la devolución de parte de dicho impuesto.
Son susceptibles de recibir esta bonificación tanto los suministros realizados en estaciones de servicio (mediante tarjeta profesional) como los realizados en las instalaciones del titular, denominadas de consumo propio.
(1) Ley 36/2006 de Medidas para la prevención del fraude fiscal, de 29 de Noviembre (BOE de 30 de Noviembre de 2006), en que se modifica el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, que permite la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos.
Modificaciones en las condiciones de devolución del impuesto sobre Hidrocarburos para evitar fraude fiscal
La Ley 7/2024, emitida el 21 de diciembre de 2024, modifica el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y los impuestos especial sobre hidrocarburos, con la finalidad de luchar contra el fraude fiscal en este sector.
Medidas contra el fraude en el IVA:
- Responsabilidad del depositante más reciente: Cuando los hidrocarburos se almacenan en depósitos fiscales, el pago del IVA puede retrasarse. Ahora, la ley exige que la última persona o empresa que los haya depositado sea responsable de pagarlo cuando los retire. Si el dueño del producto es otro, entonces el encargado del depósito debe asumir el pago.
- Establecimiento de garantías: Para asegurar el ingreso del IVA producido al egresar el producto del depósito fiscal, tanto el último depositante como el titular, si es el propietario, deben poner en marcha una garantía que abarque el 110% de la cuota del IVA relacionada con las transacciones realizadas en los dos meses anteriores.
- Obligación de Suministro Inmediato de Información (SII): Estos operadores se encargarán de administrar los registros de facturas mediante la plataforma digital de la Administración fiscal, suministrando información de manera inmediata.
Medidas contra el fraude en los Impuestos Especiales:
- Control de “combustibles de diseño”: Se promueven modificaciones en la Ley del Impuesto Especial para combatir el fraude que se comete con los llamados “combustibles de diseño”, productos similares al gasóleo que se colocan fuera de determinados códigos y se distribuyen fuera del sistema europeo de control (EMCS).
Estas medidas tienen por propósito aumentar la transparencia de las compraventas que podrían ser fraudulentas, reduciendo las pérdidas fiscales para el Estado y promoviendo una competencia justa en este sector.
El gasóleo profesional representa una herramienta fiscal diseñada para beneficiar a los sectores más dependientes del carburante, como el transporte. Reclamar la devolución del céntimo sanitario es un derecho reconocido legalmente y, con los pasos y requisitos adecuados, puede convertirse en una ventaja económica considerable para empresas y autónomos. Asegúrate de cumplir con las normativas y mantener toda la documentación en regla para aprovechar al máximo esta bonificación.
